La Declaración de Regímenes Específicos, o DeRE, marca un cambio en la forma en que las instituciones financieras y otros sectores sujetos declaran información para la determinación de los nuevos tributos de la Reforma Tributaria.
En la práctica, la declaración consolida los datos necesarios para el cálculo del IBS y de la CBS y aumenta la importancia de los datos contables, como la clasificación de las operaciones y el plan de cuentas.
Para el sector financiero, esto significa prestar aún más atención a la clasificación de las operaciones, al plan de cuentas y a la integración entre las áreas contable, fiscal y de tecnología.
Continúa leyendo y entiende qué es la DeRE, quién debe presentarla, cuáles son sus principales eventos y qué cambia para las instituciones financieras.
¿Por qué se creó la DeRe?
La Reforma Tributaria brasileña creó dos nuevos tributos sobre el consumo: el IBS, Impuesto sobre Bienes y Servicios, y la CBS, Contribución sobre Bienes y Servicios.
Sin embargo, determinados sectores poseen características que dificultan la aplicación de las mismas reglas utilizadas en las operaciones convencionales. Es el caso de los servicios financieros, los planes de asistencia de salud y otras actividades que pasaron a contar con regímenes específicos de tributación.
En los servicios financieros, por ejemplo, existen operaciones en las que la tributación debe considerar márgenes, ingresos, gastos y deducciones propias, en lugar de simplemente utilizar el precio final de un producto o servicio.
Por ello, la Ley Complementaria n.º 214/2025 estableció regímenes específicos para actividades con estructuras particulares. La DeRE surge como parte de esta nueva lógica, organizando la información necesaria para la determinación de los tributos en estos regímenes.
¿Qué es la DeRE?
La DeRE es una declaración electrónica que reúne información utilizada para la determinación del IBS, de la CBS y, cuando corresponda, del Impuesto Selectivo en los regímenes específicos previstos por la Reforma Tributaria.
A diferencia de una declaración única enviada de una sola vez, su estructura está organizada en eventos. Algunos de ellos tienen carácter registral y otros forman parte de la declaración periódica.
Para las instituciones financieras, uno de los principales puntos de atención está en la relación entre estos eventos y los datos contables. La información presente en el plan de cuentas y en los balances pasa a alimentar la estructura utilizada para la determinación de los tributos.
Esto hace que la preparación para la DeRE no sea únicamente responsabilidad del área fiscal. Contabilidad, tecnología y gobernanza de datos también pasan a tener una participación importante en el proceso.
¿Quién está obligado a presentar la DeRE?
En la primera fase, la obligación alcanza a los contribuyentes de los regímenes específicos de servicios financieros, planes de asistencia de salud y concursos de pronósticos.
Para los servicios financieros, el artículo 182 de la Ley Complementaria n.º 214/2025 enumera las actividades sujetas al régimen: operaciones de crédito, cambio, títulos y valores mobiliarios, titulización, factoring, arrendamiento mercantil, seguros, previsión complementaria, capitalización, gestión de recursos, corretaje y servicios de activos virtuales. La lista incluye bancos, cooperativas de crédito, corredores, aseguradoras e instituciones de pago.
Por su parte, los servicios remunerados mediante tarifas y comisiones, como apertura, mantenimiento y cierre de cuentas, suministro de cheques, retiros y transferencias de valores, siguen las reglas generales de incidencia del IBS y de la CBS, y no el régimen específico.
En la práctica, una misma institución puede tener operaciones sujetas al régimen específico y otras sometidas al régimen general, lo que aumenta la necesidad de identificar y separar correctamente esta información.
¿Cómo funciona la DeRE: eventos y estructura?
La declaración está estructurada en diferentes eventos, que poseen funciones y periodicidades propias. Conócelos:
Eventos de tabla
Son datos registrales transmitidos al inicio de la obligatoriedad y actualizados siempre que se produzca algún cambio relevante. Entre los principales eventos se encuentran:
- D-1001, Información del Contribuyente: reúne información sobre el régimen tributario principal y los regímenes secundarios;
- D-1011, Plan General de Cuentas Comentado (PGCC): relaciona las cuentas analíticas de la institución con las clasificaciones necesarias para la DeRE;
- D-9001: presenta el resultado del procesamiento de los eventos de tabla.
Estos eventos forman una especie de base registral para la demás información enviada posteriormente.
Eventos periódicos mensuales
También existen eventos relacionados con la declaración contable-fiscal, que utilizan información periódica de la institución.
Entre ellos se encuentran el D-1101, relacionado con el balance mensual, el D-2101, aplicable a determinadas operaciones con títulos de deuda con oferta pública, y el D-1199, utilizado para el cierre mensual.
Por ello, la consistencia entre los datos registrados inicialmente y la información contable enviada a lo largo del período será importante para el procesamiento de la declaración.
¿Cuáles son los plazos de la DeRE?
El Acto Conjunto RFB/CGIBS n.º 4, del 30 de julio de 2026, estableció etapas importantes para el inicio de la obligación.
1 de octubre de 2026: inicio de la recepción de los eventos de tabla
A partir de esta fecha, comienzan a recibirse eventos como el D-1001 y el D-1011.En la práctica, es cuando las instituciones comienzan a transmitir su información registral y el Plan General de Cuentas Comentado.
Los eventos de tabla deben estar validados antes de la transmisión de los eventos periódicos.
15 de noviembre de 2026: primera declaración mensual
La primera declaración mensual corresponderá al período de octubre de 2026. El plazo regular previsto es el día 15 del mes siguiente, sin prórroga cuando la fecha coincida con un sábado, domingo o día festivo.
1 de enero de 2027: nueva etapa de la obligatoriedad
A partir de esta fecha, la obligación también pasa a alcanzar a los contribuyentes previstos para esta etapa del cronograma, incluidos los adheridos al Simples Nacional y las cooperativas de crédito de acuerdo con las reglas aplicables.
Para las instituciones, el calendario refuerza la necesidad de preparar registros, clasificaciones contables y sistemas antes del inicio de las entregas periódicas.
¿Por qué el Plan de Cuentas adquiere importancia con la DeRE?
Uno de los puntos centrales de la DeRE es el Plan General de Cuentas Comentado, el PGCC, identificado por el evento D-1011.
En este evento, las cuentas analíticas utilizadas por la institución deben relacionarse con el plan de referencia regulatorio aplicable, como COSIF para instituciones financieras, ANS para operadores de salud o SUSEP para aseguradoras, además de la clasificación tributaria correspondiente.
Una institución puede tener miles de cuentas analíticas construidas a lo largo de su operación. Con la DeRE, esta información debe estar correctamente identificada y relacionada con la estructura exigida por la declaración.
Esto exige atención a la descripción de las cuentas, a la naturaleza contable, a la vinculación con el plan de referencia y a la clasificación tributaria.
El nuevo plan de cuentas adquiere aún más relevancia en la determinación fiscal. La forma en que se clasifican los ingresos, gastos y demás operaciones pasa a influir directamente en la información utilizada en la DeRE.
Por ello, las inconsistencias que antes podían permanecer restringidas a los procesos internos de contabilidad pasan a tener repercusiones también en la determinación y en las validaciones tributarias.
¿Qué cambia en la práctica para las instituciones financieras?
La DeRE exige mayor atención a la forma en que las operaciones son clasificadas, registradas e integradas a los sistemas de la institución. Entre los principales impactos se encuentran:
- Mayor necesidad de separación de las operaciones: una institución que opera con crédito y también distribuye seguros u otros productos sujetos a reglas diferentes necesita identificar correctamente los ingresos, gastos y bases imponibles de cada operación;
- Mayor atención a la calidad de los registros contables: con la nueva estructura, la información contable pasa a tener participación directa en la determinación de los tributos. Un error de clasificación puede generar inconsistencias en la información transmitida y exigir correcciones;
- Integración entre diferentes áreas de la institución: fiscal, contabilidad, tecnología y gobernanza de datos deben trabajar con criterios alineados para garantizar que la información permanezca consistente durante todo el proceso;
- Adecuación de los sistemas y procesos internos: como los datos utilizados por la DeRE provienen de diferentes fuentes, las instituciones deben evaluar si sus sistemas están preparados para organizar, clasificar y transmitir esta información de acuerdo con las nuevas exigencias.
Más que un cambio restringido al área fiscal, la DeRE amplía la necesidad de consistencia entre contabilidad, tecnología y tributación. En el sector financiero, este punto merece especial atención porque una misma institución puede operar bajo diferentes reglas de incidencia del IBS y de la CBS, además de trabajar con estructuras contables extensas y diferentes tipos de operación.
Con el inicio de las primeras etapas de la DeRE en 2026, comprender los eventos, revisar el plan de cuentas y evaluar la integración entre sistemas pasa a formar parte de la preparación para el nuevo modelo.
Durante este período de adecuación, Evertec apoya a las instituciones financieras en la preparación de procesos y sistemas para las nuevas exigencias de la Reforma Tributaria, contribuyendo a la integración y al tratamiento de la información necesaria para la DeRE.
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